El Equipo de Gobierno se opone a la instalación del vertedero de reciclaje y eliminación de residuos no peligrosos

Así como a la ampliación y modificación sustancial de la Autorización Ambiental Integrada para tratar residuos sólidos urbanos.

El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Cehegín se opone, frontalmente, a la instalación de un vertedero en el que se incluyan residuos sólidos en el denominado paraje de la Sierra de la Puerta, el cual afectaría a nuestras pedanías de Valentín y Canara, así como, por extensión, a todo el municipio de Cehegín.

El Ayuntamiento de Cehegín, junto con el municipio vecino de Calasparra, está trabajando con sus equipos jurídicos y técnicos, así como con sus respectivos equipos de Gobierno, sobre esta situación, y se ha creado una Comisión, integrada por todos estos miembros, los respectivos pedáneos, los Grupos Municipales de la Oposición, asociaciones de vecinos, para llegar a una posición común ante este hecho, la cual será enviada a los órganos competentes de la Región de Murcia. En concreto, ayer miércoles, día 14 de diciembre, se realizó una reunión para fijar posiciones ante este hecho y se manifestó, por parte de todos, el total rechazo y oposición a la instalación del vertedero en nuestro municipio y hacérselo saber así a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y a su Dirección General específica.

La sucesión de los hechos que se han producido y como aclaración para todos los ciudadanos es la siguiente:

1° La empresa denominada 3RS Gestión MA SOSTENIBLE, S.L. solicitó, en fecha del 6 de julio del 2011, una autorización a este Ayuntamiento para realizar actuaciones específicas en suelo no urbanizable de secano para que una Planta de Reciclado y Eliminación de Residuos no peligrosos pudiera tener la denominación de Interés Público, requisito indispensable para que, en un terreno no urbanizable, se pueda seguir tramitando esta autorización.

2° Recogida esta petición, el Ayuntamiento de Cehegín, en fecha del 21 de noviembre de 2011, acordó informar favorablemente el expediente y remitirlo a la Administración Regional, organismo competente para aprobar el citado interés público.

3° La Dirección General de Territorio y Vivienda de la Región de Murcia en fecha del 6 de septiembre de 2012, resuelve "autorizar la instalación en suelo no urbanizable de la Planta de Reciclado y Eliminación de Residuos no peligrosos"

4° El 6 de febrero de 2013, la Dirección General de Medio Ambiente de la Región de Murcia emite la "Resolución por la que se otorga a 3RS Gestión MA SOSTENIBLE, S.L, autorización ambiental integrada para el proyecto de instalación de un vertedero de reciclaje y eliminación de residuos no peligrosos en el término municipal de Cehegín".

5ª La posición del Ayuntamiento de Cehegín, en esa época, gobernado por el Partido Popular, fue la de no realizar ninguna alegación cosa que sí hizo, en cuanto a la declaración de impacto ambiental, es decir lo que afecta a nuestro entorno, el Ayuntamiento de Calasparra que realizó numerosas alegaciones. Tampoco realizaron alegaciones los grupos ecologistas, que fueron llamados a participar en este proceso al igual que otros estamentos públicos.

6° Pasan tres años sin que en el Ayuntamiento se sepa nada de esta empresa y entra este nuevo Grupo de Gobierno al Ayuntamiento de Cehegín.

7° El 15 de marzo de 2016 esta mercantil, promotora del expediente, solicita a la Dirección General de Calidad Ambiental de la Región de Murcia, la autorización para poder verter nuevos residuos, en concreto los residuos sólidos urbanos.

8° El 6 de abril de 2016, la Dirección General de Calidad Ambiental comunica al Ayuntamiento esta nueva solicitud que ha realizado esta empresa sobre la autorización de nuevos residuos.

9° El 18 de abril de 2016, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cehegín acuerda que, las autorizaciones con las que cuenta esta actividad, es decir, las que anteriormente se le concedieron y de las que tenían licencia, no permitían los vertidos nuevos que se pretenden, así como tampoco veía factible tramitar la autorización de vertido de los mismos como modificación no sustancial del proyecto original, sino que precisaría de una nueva autorización o una ampliación de la existente, desde el punto de vista urbanístico del interés público.

10. El 10 de agosto de 2016 la empresa promotora solicita licencia de obras para la planta en cuestión, que es concedida por el Ayuntamiento el 28 de septiembre de 2016, todo ello en relación con el proyecto primario. No firmarla, repetimos, ante una licencia de actividad concedida por todos los estamentos en otra época, sería estar fuera de la ley y exponerse a un delito.

11. Y ya, este pasado 5 de noviembre de 2016, el BORM, desde la Dirección de Calidad y Evaluación Ambiental, ha publicado el procedimiento simplificado de la modificación sustancial de la instalación, que supondría, una modificación muy importante de las condiciones de la autorización inicial, tanto urbanísticas como medioambientales.

Además, también se incluiría la construcción de una nave de transformación de 1.000 metros cuadrados para la instalación de un separador de residuos de 15 tn/h, cintas de clasificación manual y prensas, entre otros. En definitiva, se pasaría de la construcción de una escombrera a la creación de una planta de reciclaje, que incluiría la basura doméstica.

Este Equipo de Gobierno, considera que, esta modificación, requeriría un nuevo expediente de interés público al que ya, de antemano, nos oponemos.

Ante estos hechos relatados, este Equipo de Gobierno informa de lo siguiente:

1° Nuestra oposición a la Planta de Reciclado y Eliminación de Residuos no peligrosos promovida por la empresa 3RS MA GESTION S.L.

2° Ratificar el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del pasado 18 de abril de 2016 por el que este Equipo de Gobierno se opuso, frontalmente, a dar autorización a la empresa para que pudieran realizar los vertidos nuevos que solicitan y, puntualizando que, estos, supondrían un cambio sustancial en el proyecto primero.

3° Rechazar la decisión de la Comunidad Autónoma relativa a la solicitud de modificación de Autorización Ambiental Integrada, que considera que esos nuevos vertidos no suponen una modificación sustancial del proyecto inicial.

4° Esta publicación última del BORM, de 5 de diciembre 2016, tiene 20 días desde su publicación, para realizar las alegaciones pertinentes.

5° Este Equipo de Gobierno quiere, como no puede ser de otra manera, el bienestar de sus ciudadanos y luchará en todos los estamentos para que esto sea así. Nuestro logro será el de todo el conjunto del municipio y viceversa, esto es, las reivindicaciones de los ciudadanos son también las del Ayuntamiento de Cehegín, todas ellas encaminadas a que nuestro futuro sea el futuro en el que podamos vivir todos en total tranquilidad y prosperidad.

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